
El pasado jueves 22.12.2022 se ha publicado la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid (Ley Ómnibus).
Entre sus múltiples modificaciones está la de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid (art. 5) y dentro de la misma, nos haremos eco de unas breves notas sobre las entidades privadas colaboradoras en el ámbito urbanístico (arts. 164 y ss).
A) Instauración supletoria de la regulación de estas entidades en toda la CCAA, en ausencia de regulación municipal aprobada al efecto (art. 164.2).
B) Distinción de funciones: Tramitación de títulos habilitantes (interesados) y de inspección (a instancia del Ayuntamiento) (art.166).
C) Carácter de su intervención: Su intervención no es preceptiva, no tendrán carácter de autoridad, ni su actuación podrá impedir la función de verificación, inspección y control, propia de los servicios técnicos municipales (art. 167).
Sin embargo, el certificado de conformidad favorable será suficiente para la concesión de la licencia, y en caso contrario, será preciso la ratificación o rectificación por los servicios técnicos municipales…
D) Potestad de autoorganización de los Ayuntamientos: El ayuntamiento que así lo considere, mediante ordenanza, podrá expresamente excluir, bien la intervención de las entidades privadas colaboradoras urbanísticas en los procedimientos de licencias y declaraciones responsables, bien la intervención en la realización de las actuaciones de verificación, inspección y control del cumplimiento de la normativa correspondiente en el ámbito urbanístico municipal, o ambas. No obstante, aun habiéndose producido lo anterior, los interesados podrán hacer uso de los servicios de las entidades privadas colaboradoras urbanísticas, una vez que haya transcurrido el plazo de resolución sin haber sido notificada, para los supuestos de actuaciones sujetas a licencia urbanística regulados en el artículo 152 de esta Ley» (art. 167 bis).
*En breves otra CCAA que dará pasos en este sentido será Galicia…,estaremos atentos en el blog para seguir haciéndonos eco de esta singular forma de intervención/colaboración privada urbanística.
Un comentario en “Novedades en la colaboración público privada urbanística en Madrid”